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El pago de la deuda tributaria se efectuará en efectivo. Podrá efectuarse mediante efectos timbrados cuando así se disponga reglamentariamente. El pago de las deudas en efectivo se podrá realizar por alguno de los siguientes medios:

  1. Dinero de curso legal.
  2. Cheque bancario.
  3. Domiciliación bancaria.
  4. Cargo en cuenta.
  5. Transferencia bancaria.
  6. Tarjetas de crédito y débito.
  7. Cualesquiera otros medios que se autoricen mediante Orden Foral del diputado o de la diputada foral de Hacienda y Finanzas.

Preguntas frecuentes

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