Deducciones por obras en la vivienda arrendada
Podrán aplicar una deducción del 18 por 100 de las cantidades satisfechas destinadas a la rehabilitación de la vivienda objeto de arrendamiento, con un límite de deducción de 3.000 euros anuales. Esta deducción no es aplicable en el supuesto de arrendamientos de vivienda de temporada o de pisos turísticos.
